El club de Barrio Jardín emitió una nota al presidente de la institución local, Alejandro Fernández, en referencia a los reclamos sobre el pago de derecho de transferencias de los jugadores Medina, Cubas y Herrera.
Córdoba, 21 de septiembre de 2020.-
Al Señor Presidente
de la Liga Cordobesa de Fútbol
Señor Alejandro D. Fernandez
S / D
De nuestra mayor consideración:
Andrés Miguel Fassi y Gerardo MOYANO CIRES, en nuestro carácter de Presidente y Secretario General, respectivamente del CLUB ATLETICO TALLERES, tenemos el agrado de dirigirnos a usted en respuesta a su nota sobre el pago de derechos de transferencia de los jugadores, Medina, Cubas y Herrera , y al respecto le hacemos saber lo siguiente.
a) En primer lugar, la intimación cursada resulta improcedente, toda vez que no ha sido suscripta por las autoridades que estatutariamente tienen la representación de la LCF, razón por la cual la notificación cursada por el señor Tesorero, resulta inválida.
b) Sin perjuicio de ello, le hacemos saber a usted que el reclamo formulado, resulta totalmente ilegítimo e infundado, toda vez que la Resolución n° 10 del Comité Ejecutivo de la Liga Cordobesa de Fútbol reglamentaria del art. 93 del Estatuto de la LCF, al unificar las Resoluciones n° 230/88 y 408/03, expresamente establece en su art. 1° que el pago reclamado procede cuando se cedan derechos de un jugador “originario” de la Liga Cordobesa de Fútbol, situación que no se verifica en el caso, toda vez que los Jugadores Facundo A. Medina, Andrés Cubas y Guido Herrera, no son originarios de la LCF.
De allí que su reclamo deviene improcedente, ilegítimo e inexigible, por lo que en ejercicio del mandato que nos han otorgado los socios de la institución y en resguardo de los intereses y de los recursos del Club que representamos, le hacemos saber que hemos cumplido con los compromisos administrativos al haber realizado los pago correspondientes en la Federación, y reflejo de ello es que todos los jugadores mencionados han contado con la debida habilitación para jugar en sus respectivos equipos.
En este sentido no puede escapar a usted, que tratándose de un reclamo carente de causa, su pago constituiría una irregularidad de parte de las autoridades de nuestra institución que nos haría pasibles de ser sancionados de acuerdo a las normas vigentes.
c) Adicionalmente le manifestamos que en este año de profunda crisis mundial, en donde la industria del fútbol ha visto drásticamente reducidos sus ingresos, hemos profundizado la política de control de gastos, para dotar de mayor eficiencia el funcionamiento de la institución para el mejor cumplimiento de los objetivos estatutarios.
Particularmente, y en virtud del reclamo formulado por la LCF, hemos revisado su procedencia y pertinencia y se ha advertido, además de lo indicado en el punto anterior, que el pago a la LCF del 2% del monto de las transferencias realizadas por la institución resulta totalmente contrario a derecho y corresponde sea dejado sin efecto por las razones que seguidamente exponemos:
1.- En primer lugar, el pago del 2% del monto de las transferencias onerosas de jugadores, no resulta procedente por cuanto constituye un supuesto, que podríamos denominar, de “doble imposición económica” sobre una misma renta, derivada de idéntica causa jurídica y sustentada en una misma realidad económica, que resulta contraria a derecho.
Ello por cuanto nuestra institución, abona por ese mismo concepto a la Asociación del Fútbol Argentino, ese porcentaje por transferencias, motivo por el cual no resulta razonable, equitativo ni ajustado a derecho, que la LCF, pretenda percibir por el mismo hecho un monto similar.
-De igual modo corresponde señalar que esa pretensión de la LCF constituye también, un trato discriminatorio y que nos coloca en una complicada situación de desigualdad con relación al resto de los equipos que participan en los torneos organizados por la A.F.A., los que sólo deben abonar en las transferencias de sus jugadores, el 2% establecido por la AFA, pero que nada deben abonar a sus Ligas de origen, todo lo que determina que esta ilegítima pretensión de la LCF resulte totalmente arbitraria y discriminatoria, inequitativa y distorsiva, que nos coloca en una situación más desventajosa en relación al resto de los equipos del fútbol argentino al momento de tener que concretar una transferencia de un futbolista.
Es decir, que tal como lo hemos indicado anteriormente, al estar percibiendo ese “derecho” la AFA, no corresponde que la LCF perciba un monto similar por la misma causa.
-Así también, y por las razones anteriormente expuestas, esta pretensión de cobro, que sólo los Clubes de la Liga Cordobesa debemos soportar, afecta de manera grave el FAIR PLAY FINANCIERO que debe primar entre todos los clubes en las competiciones en que participan, por cuanto adiciona un costo muy significativo que distorsiona la totalidad de la actividad y que no podemos aceptar.
-A ello corresponde adicionar, que conforme lo establece el CCyC vigente los pagos por este concepto anteriormente realizados por error en anteriores transferencias de jugadores, en modo alguno generan un derecho adquirido a favor de la LCF, por el contrario al constituir un pago indebido y sin causa, ello generaría la obligación de la LCF a reintegrarlo.
En definitiva, por lo anteriormente expuesto, y con el ánimo de mantener la normal y cordial convivencia entre las instituciones, pero con la convicción que debemos defender los recursos de nuestro Club conforme lo establece el Estatuto vigente, lo instamos a revisar esta situación de inequidad, desigualdad de trato y doble imposición que se ha generado, dejándola sin efecto.
Ello sin perjuicio de que, entre todos los clubes de la Liga, procuremos encontrar un mecanismo justo, equitativo y no distorsivo que permita reunir los recursos necesarios para el desenvolvimiento de la actividad, pero poniendo en claro, que ese esfuerzo debe ser realizado por todos los clubes por igual, sin que pueda pretenderse que nuestra institución debe realizar un sacrificio de sus recursos genuinamente obtenidos, que sea desigual y que lo perjudique.
Sin otro particular lo saludamos con distinguida consideración
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